Incidencia de la función notarial en el cambio de propietario, en la inscripción registral de vehículos automotores
Tipo de material: TextoDetalles de publicación: Cabañas Centro Universitario Regional de Cabañas 2022Edición: 1°Descripción: 120 pág. 29 cmTema(s): Clasificación CDD:- 346.45 / V433i / CN
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En El Salvador, el derecho notarial surgió a raíz de las prácticas que el profesional del derecho realizaba, históricamente un sujeto se dedicaba a transcribir en un documento actos y negocios jurídicos, que las personas efectuaban, quien no debía cumplir más
requisitos que saber leer y escribir, surgiendo actos jurídicos más complejos, por lo que aumentaron requisitos para ejercer como notario de la República, hasta llegar a los requisitos que hoy en día se encuentran establecidos en los diferentes cuerpos legales de la misma forma, inició el derecho registral debido a la necesidad de darle publicidad y seguridad jurídica a los actos y contratos que realiza el notario.
Mientras tanto, la función notarial en la inscripción registral de cambio de propietario de un vehículo automotor, se rige por una serie de normativas, con la finalidad que se puede realizar debidamente la inscripción en SERTRACEN, con ello se reconocen los derechos que posee la persona sobre el bien, para uso, goce y disposición de este, como bien lo estipula la Constitución de la República de El Salvador, la legislación de tránsito, establece las sanciones en caso de incumplimiento de la inscripción del vehículo automotor.
El Estado salvadoreño ha delegado a notarios autorizados por la Corte Suprema de Justicia, la facultad para dar fe a los diferentes actos y contratos que ante él se celebran, entre ellos la elaboración de títulos translaticios de dominio como compraventas, permutas y
donaciones de vehículos automotores y la inscripción registral de los mismos, dicho trámite en referencia, puede ser realizado de manera personal, por el adquirente del vehículo automotor o por medio de mandato o poder otorgado a un notario, teniendo en cuenta que el precio y los requisitos de cada trámite son aprobados por el Viceministerio de Transporte y Dirección General de Tránsito Terrestre (VMT).
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