Criterios jurisprudenciales de protección al consumidor
Tipo de material:
TextoDetalles de publicación: El Salvador Defensoría del consumidor 2015Edición: 1°Descripción: 193 pág. 23 cmTema(s): Clasificación CDD: - 381.34 / D313c / CN
| Imagen de cubierta | Tipo de ítem | Biblioteca actual | Biblioteca de origen | Colección | Ubicación en estantería | Signatura topográfica | Materiales especificados | Info Vol | URL | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems | Prioridad de la cola de reserva de ejemplar | Reservas para cursos | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Books
|
CURC | 381.34 / D313c / CN (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | 12002257 |
Navegando CURC estanterías Cerrar el navegador de estanterías (Oculta el navegador de estanterías)
|
|
|
No hay imagen de cubierta disponible No hay imagen de cubierta disponible | No hay imagen de cubierta disponible No hay imagen de cubierta disponible | No hay imagen de cubierta disponible No hay imagen de cubierta disponible |
|
||
| 381.18 / M668i / CN Informalidad urbana y nueva economía popular | 381.18 / M668i / CN Informalidad urbana y nueva economía popular | 381.18 / M668i / CN Informalidad urbana y nueva economía popular | 381.34 / D313c / CN Criterios jurisprudenciales de protección al consumidor | 381.34 / E49 / CN. Politica Nacional de Protección al Consumidor | 381.34 / P967 / REV La protección del consumidor ¿Cómo Estamos? | 382 / A283L / CG. Los (Mal) Tratados de libre comercio |
Hace más de cuatro años, en 2011, la defensoría del consumidor comenzó a divulgar las resoluciones emitidas por su Tribunal Sancionador a través de la web institucional. Se trataba de una labor necesaria que respondía a su naturaleza de servicio a la ciudadanía y que tenía como objetivo, por un lado, cumplir el compromiso con la transparencia y el acceso a la información pública y por otro lado, contribuir a la cultura de consumo.
No hay comentarios en este titulo.
Ingresar a su cuenta para colocar un comentario.
