000 nam a22 7a 4500
999 _c3707
_d3707
082 _a346.45 /
_bV433i / CN
100 _aVelasco Laínez, Antony Ricardo
_aReyes Saravia, Guadalupe del Carmen
_aZelaya Ramírez, Jhoanna Esmeralda
_aMartínez Mercado, Luis Alberto
_aPortillo Amaya, Mayra Elizabeth
245 _aIncidencia de la función notarial en el cambio de propietario, en la inscripción registral de vehículos automotores
250 _a1°
260 _aCabañas
_bCentro Universitario Regional de Cabañas
_c2022
300 _a120 pág.
_b29 cm.
520 _aEn El Salvador, el derecho notarial surgió a raíz de las prácticas que el profesional del derecho realizaba, históricamente un sujeto se dedicaba a transcribir en un documento actos y negocios jurídicos, que las personas efectuaban, quien no debía cumplir más requisitos que saber leer y escribir, surgiendo actos jurídicos más complejos, por lo que aumentaron requisitos para ejercer como notario de la República, hasta llegar a los requisitos que hoy en día se encuentran establecidos en los diferentes cuerpos legales de la misma forma, inició el derecho registral debido a la necesidad de darle publicidad y seguridad jurídica a los actos y contratos que realiza el notario. Mientras tanto, la función notarial en la inscripción registral de cambio de propietario de un vehículo automotor, se rige por una serie de normativas, con la finalidad que se puede realizar debidamente la inscripción en SERTRACEN, con ello se reconocen los derechos que posee la persona sobre el bien, para uso, goce y disposición de este, como bien lo estipula la Constitución de la República de El Salvador, la legislación de tránsito, establece las sanciones en caso de incumplimiento de la inscripción del vehículo automotor. El Estado salvadoreño ha delegado a notarios autorizados por la Corte Suprema de Justicia, la facultad para dar fe a los diferentes actos y contratos que ante él se celebran, entre ellos la elaboración de títulos translaticios de dominio como compraventas, permutas y donaciones de vehículos automotores y la inscripción registral de los mismos, dicho trámite en referencia, puede ser realizado de manera personal, por el adquirente del vehículo automotor o por medio de mandato o poder otorgado a un notario, teniendo en cuenta que el precio y los requisitos de cada trámite son aprobados por el Viceministerio de Transporte y Dirección General de Tránsito Terrestre (VMT).
650 _aDerecho notarial - Derecho registral - Responsabilidad notarial - Alcance
_aTranferencia de Vehículos - Ley de transporte terrestre - Inscripción registral
_aSeminario de investigación
700 _aAsesora: Ramos Quinteros, Jennifer Mariela
942 _cTRABAJOS